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V Congreso Internacional, Pobreza, Migración y Desarrollo
                                                             San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, del 5 al 7 de abril de 2017
                                                                                    Universidad Autónoma de Chiapas


            En  este  sentido,  según  los  Lineamientos  2014,  la  cobertura  del  FISM-DF  comprendía  a  todos  los

            municipios del país y a las 16 Delegaciones del Distrito Federal. Asimismo, los municipios habrían de
            realizar  la  planeación,  la  regionalización  de  la  inversión,  el  seguimiento  y  la  evaluación  de  los

            proyectos,  con  base  en  el  IASPRS  y  el  catálogo  de  acciones  (descritas  en  el  Anexo  1  de  los
            Lineamientos).


            Asignación y operación de la inversión


            La Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL) distribuye el presupuesto del Fondo entre las Entidades

            Federativas, con base en una fórmula que incluye elementos de pobreza, mientras que éstas distribuyen
            a sus municipios el monto asignado, utilizando la misma fórmula o con base en un método alternativo

            que utiliza indicadores ponderados de rezago social con igual peso, definidos en la LCF. Asimismo, los
            recursos  del  Fondo  deben  ser  administrados  bajo  los  principios  de  eficiencia,  eficacia,  economía,

            transparencia  y  honradez  para  satisfacer  los  objetivos  a  que  estén  destinados,  de  acuerdo  con  lo
            establecido por el Art. 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Debido a que

            el  ejercicio  de  los  recursos  es  de  competencia  de  los  municipios,  entre  otras  disposiciones,  la  LCF

            establece como principales obligaciones, entre otras, de estos órdenes de gobierno:

            a) hacer del conocimiento de la población los montos que reciban del Fondo, las obras y acciones por

            realizar,  el  costo  de  cada  una,  su  ubicación,  metas  y  beneficiarios  –  que  se  cumple  a  través  de  la

            participación ciudadana en los Comités de Planeación para el Desarrollo Municipal (COPLADEMUN);

            b) informar a la población, al término de cada ejercicio, el logro de los resultados  – a través de las

            Cédulas de Obras  firmadas por los  beneficiarios  y del  Informe de Actividades  de la administración

            municipal –;


            c) proporcionar a la SEDESOL, por conducto de los estados, la información referente al Fondo que les
            sea requerida – cumpliéndose de acuerdo a la solicitud correspondiente –;


            d) procurar que las obras realizadas con los recursos del Fondo sean congruentes con la preservación y
            protección  del  medio  ambiente  e  impulsen  el  desarrollo  sustentable  –  que  se  cumple  estableciendo

            como  requisito  los  estudios  que  acompañan  los  proyectos  según  lo  dispuesto  por  la  Ley  de  Obra

            Pública del Estado o su equivalente según sea el caso –;


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