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V Congreso Internacional, Pobreza, Migración y Desarrollo
                                                          San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, del 5 al 7 de abril de 2017
                                                                                 Universidad Autónoma de Chiapas
                  posible"(Escalante Gonzalbo, 2014), en este sentido muchas de las leyes en nuestro país están
                  construidas bajo ideales poco realizables y que en lugar de otorgar derechos y oportunidades

                  solo establecen anhelos de lo que se desea y no de lo que se puede conseguir.


                  Ejemplo de lo anterior se encuentra en el artículo 6° de la Constitución Política de los Estados
                  Unidos  Mexicanos  en  el  que  cual  se  establece  que  el  derecho  a  la  información  estará

                  garantizado por el Estado, sin embargo, en el plano de la realidad existen muchas localidades
                  totalmente ajenas a las presidencias municipales que se localizan en la cabecera y que por lo

                  tanto la transferencia de información es complicada, del mismo modo el tiempo para solicitar

                  información y que ésta sea entregada es en la mayoría de los casos tardada, aunado a que en
                  muchas ocasiones la información es poco entendible o demasiado enredada; si bien existen

                  sistemas  de  información  como  lo  es  Infomex,  el  derecho  de  petición  (Artículo  8  de  la

                  Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos ) y el servicio de consulta del Instituto
                  Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) éstos no son del conocimiento común y en la

                  mayoría de las ocasiones se reservan a ámbitos académicos.

                  Otra muestra de lo que Escalante se refiere se cuenta más adelante en el misto artículo antes

                  mencionado (artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos) donde se

                  dice  que  el  Estado  garantizará  el  derecho  de  acceso  a  las  tecnologías  de  la  información  y
                  comunicación,  sin  embargo,  una  cosa  es  garantizar  el  derecho  y  otra  es  generar  los

                  mecanismos necesarios para lograr el uso pleno de este derecho; creo que está de más decir

                  que la brecha digital en México es muy grande y colocar bibliotecas públicas con internet en
                  algunas localidades no es lo mismo a decir que se garantiza el acceso a estas tecnologías. Por

                  último, en materia de leyes, podemos mencionar la Ley de Consulta Popular, en la cual se
                  refiere que toda decisión que afecte de manera importante la forma de vida de los ciudadanos

                  debe de someterse a consulta popular, no obstante, esta consulta no es utilizada, la pregunta
                  sería  si  a  alguien  fuera  de  la  vida  pública  le  preguntaron  sobre  las  reformas  estructurales

                  encabezadas por el presidente Enrique Peña Nieto y sobre todo si estaba de acuerdo con ellas.

                  Por los ejemplos anteriores es que Escalante menciona que somos ciudadanos imaginarios.







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