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V Congreso Internacional, Pobreza, Migración y Desarrollo
                                                          San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, del 5 al 7 de abril de 2017
                                                                                 Universidad Autónoma de Chiapas
                  Para  ello,  se  debe  hacer  un  estudio  de  los  siguientes  aspectos  fiscales:  a)  El  deber
                  constitucional  de  contribuir;  b)  el  poder  tributario;  c)  la  tutela  judicial  efectiva  en  materia

                  fiscal;  d)  sujetos  pasivos  y  obligados  tributarios;  e)  obligaciones  materiales  y  formales  del

                  contribuyente; f) obligación  de proporcionar información  sobre terceros;  g) responsabilidad
                  tributaria  y  el  procedimiento  de  derivación;  h)  La  determinación  de  los  planes  de  visita

                  domiciliaria  fiscal;  i)  el  mandato  constitucional  dirigido  a  la  Administración  sobre  la
                  obtención del crédito fiscal; j) el recurso de revocación; k) la revisión judicial de los actos de

                  la Administración Tributaria; l) el procedimiento administrativo económico-coactivo y ll) las
                  reformas  fiscales  y  sus  consecuencias  económicas  para  la  pequeña  y  mediana  empresa,

                  incidiendo en las diversas formas jurídicas de enfrentarlas.


                  Se investigará sobre las autoliquidaciones o pagos voluntarios por parte del contribuyente ante

                  el  Servicio  de  Administración  Tributaria.  Incidiremos  en  el  estudio  del  inicio,  desarrollo  y
                  terminación de la visita domiciliaria fiscal y sobre todo, en el procedimiento de recaudación en

                  vía  ejecutiva  y  forzada  del  SAT;  buscando  con  esta  investigación,  equilibrar  las  relaciones
                  entre el Estado y los contribuyentes. De tal manera que exista un equilibrio en la prioridad que

                  tiene la Administración Tributaria de ingresar lo recaudado a las arcas del Estado; prioridad
                  marcada  por  el  interés  general,  frente  a  los  Derechos  y  Garantías  del  contribuyente  y  del

                  deudor tributario; prioridad que enjuiciará todos los aspectos en que se desarrolla la gestión

                  del tributo.


                  En  la  actividad  administrativa  que  despliega  el  Servicio  de  Administración  Tributaria  el
                  ciudadano  se  encuentra  expuesto  a  que  se  pueda  transgredir  su  esfera  jurídica,  violentando

                  tanto sus derechos como sus garantías; esto último, es un tema de preocupación en nuestros
                  días  y  sobre  todo  en  los  Estados  democráticos.  Actualmente  existen  pocas  aportaciones

                  doctrinales  y  de  investigación  que  ofrezcan  soluciones  cuando  nos  encontramos  ante  una
                  actividad  de  gestión  tributaria  por  parte  de  la  Administración.  Existe  un  vacío  y  olvido

                  doctrinal al respecto, para que realmente surja una relación jurídica apegada a Derecho entre la

                  Administración y los contribuyentes.

                   Nos  cuestionamos  la  veracidad  jurídica,  sobre  si  efectivamente  la  presencia  de  la

                   discrecionalidad en todas las actuaciones garantiza más adecuadamente la objetividad de la


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