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V Congreso Internacional, Pobreza, Migración y Desarrollo
San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, del 5 al 7 de abril de 2017
Universidad Autónoma de Chiapas
El Instituto Nacional de Migración (INM) (2015) es un órgano administrativo desconcentrado de la
Secretaría de Gobernación, que tiene por objeto la ejecución, control y supervisión de los actos
realizados por las autoridades migratorias en territorio nacional, así como la instrumentación de
políticas en la materia, con base en los lineamientos que expida la misma Secretaría (artículo 19, LM)
(2015).
El Instituto tendrá las siguientes atribuciones en materia migratoria:
1. Instrumentar la política en materia migratoria;
2. Vigilar la entrada y salida de personas al territorio de los Estados Unidos Mexicanos y revisar
su documentación;
3. En los casos señalados en esta Ley, tramitar y resolver sobre la internación, estancia y salida del
país de los extranjeros;
4. Presentar en las estaciones migratorias o en los lugares habilitados para tal fin, a los extranjeros
que lo ameriten conforme a las disposiciones de esta Ley, respetando en todo momento sus
derechos humanos;
5. Coordinar la operación de los grupos de atención a migrantes que se encuentren en territorio
nacional.
Los Oficiales de Protección a la Infancia (OPIS) son Agentes Federales de Migración que tienen como
principal tarea garantizar el respeto a los derechos humanos de los niños, niñas y adolescentes
migrantes, en especial a los no acompañados (INM) (2015).
Actualmente, el INM cuenta con presencia de OPIS en las 32 Delegaciones Federales. Los OPIS son
seleccionados de conformidad con un perfil elaborado por el Sistema Nacional para el Desarrollo
Integral de la Familia (SNDIF) y reciben capacitación continua y especializada (Ibid).
La figura de los OPIS es resultado del Modelo de Protección a Niños, Niñas y Adolescentes Migrantes
no Acompañados, que implementó el Instituto Nacional de Migración en 2007. (Ibid).
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