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V Congreso Internacional, Pobreza, Migración y Desarrollo
San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, del 5 al 7 de abril de 2017
Universidad Autónoma de Chiapas
CONCLUSIONES
1. El derecho es un producto cultural y su eficacia radica en el grado de desarrollo humano de la
sociedad, la educación esencialmente.
2. Existe resistencia de los Estados Parte para que las normas convencionales no sean eficaces al
amparo de la antigua idea de lo que representaba la soberanía.
3. Carecen de preparación los operadores jurídicos actuales en materia de derechos humanos,
porque el gremio no está habituado a un sistema de educación continua, ni en la mayor parte de
las universidades o centros de estudios se ha actualizado la curricular acorde a los cambios
legislativos y los criterios jurisprudenciales de la SCJN y de la Corte IDH.
4. La población migrante es demasiado vulnerable no sólo por la omisión de protección de los
agentes sino por su la agresión que sobre ésta despliegan.
5. La dificultad de acceder a las instituciones de justicia de la población de movilidad humana
genera una enorme impunidad al carecer prácticamente de un recurso sencillo y efectivo, con el
que se logre sancionar a los responsables y reparar las violaciones a los derechos humanos.
6. La vulneración a los derechos humanos de las personas que se encuentran en el contexto de
movilidad humana se grava por la falta de posibilidades reales de acceder a los instituciones de
justicia, y una vez teniendo contacto con ellas, éstas son ineficaces y victimarios de los
solicitantes de protección.
7. Es fundamental para disminuir el grado de vulnerabilidad al que se enfrentan los migrantes el
garantizarles plenamente el derecho de tutela judicial efectiva, como una herramienta para
reclamar el cumplimiento de sus derechos cuando estos han sido violados a través del debido
proceso.
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