El Servicio Social es un requisito previo y obligatorio para la obtención del título profesional, técnico correspondiente, u otros análogos, en términos de lo establecido por la normatividad universitaria.
- Para que la o el estudiante pueda realizar el servicio social, es necesario que haya cubierto un mínimo del setenta por ciento del total de los créditos del Plan de estudios que cursa.
- El prestador o prestadora de servicio social deberá cumplir con cuatrocientas ochenta horas que se desarrollarán en un máximo de doce meses y un mínimo de seis meses, en sus diferentes tipos y modalidades en las instituciones receptoras y Ejes de Intervención aprobados.
- El prestador o prestadora de servicio social realizará sus actividades con base en las modalidades siguientes:
- Comunitario.
- Social.
- Municipal.
- Administración Pública.
- Productivo.
- Intrauniversitario.
Las modalidades anteriores, se podrán realizar de manera presencial, no presencial o mixta.
- Servicio social por exoneración Existen diversas opciones para exonerar la realización del servicio social, de acuerdo con los siguientes artículos:
- Artículo 158 Estatuto Integral de la Universidad Autónoma de Chiapas: Exoneración por trabajar en instituciones de gobierno federal o estatal.
- Artículo 15 del Reglamento de Servicio Social: Exoneración por edad (60 años o más).
- Artículo 15 del Reglamento de Servicio Social: Exoneración por condiciones que imposibiliten la asistencia al servicio social.
- El servicio social se desarrollará en los periodos establecidos: “A” enero a julio y “B” julio a diciembre de cada año.